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Declaración
de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente
Estocolmo,
5 al 16 de junio de 1972
La Conferencia de
las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, reunida en Estocolmo
del 5 al 16 de junio de 1972.
Atenta a la necesidad de un criterio y principios comunes que
ofrezcan a los pueblos del mundo inspiración y guía para
preservar y mejorar el medio ambiente.
Proclama que:
1. El hombre es a la vez obra y artífice del medio que lo
rodea, el cual le da el sustento material y le brinda la
oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y
espiritualmente.
En la larga y tortuosa evolución de la raza humana en este
planeta se ha llegado a una etapa en que, gracias a la rápida
aceleración de la ciencia y la tecnología, el hombre ha
adquirido el poder de transformar, de innumerables maneras y en
una escala sin precedentes, cuanto lo rodea.
Los dos aspectos del medio humano, el natural y el artificial, son
esenciales para el bienestar del hombre y para el goce de los
derechos humanos fundamentales, incluso el derecho a la vida
misma.
2.
La Protección y mejoramiento del medio humano en una cuestión
fundamental que afecta al bienestar de los pueblos y al desarrollo
económico del mundo entero, un deseo urgente de los pueblos de
todo el mundo y un deber de todos los gobiernos.
3.
El hombre debe hacer constante recapitulación de su experiencia y
continuar descubriendo, inventando, creando y progresando.
Hoy en día, la capacidad del hombre de transformar lo que lo
rodea, utilizada con discernimiento, puede llevar a todos los
pueblos los beneficios del desarrollo y ofrecerles la oportunidad
de ennoblecer su existencia.
Aplicado erróneamente o imprudentemente, el mismo poder puede
causar daños incalculables al ser humano y a su medio.
A nuestro alrededor vemos multiplicarse las pruebas del daño
causado por el hombre en muchas regiones de la Tierra: niveles
peligrosos de contaminación del agua, el aire, la tierra y los
seres vivos; grandes trastornos del equilibrio ecológico de la
biosfera; destrucción y agotamiento de recursos insustituibles y
graves deficiencias, nocivas para la salud física, mental y
social del hombre, en el medio por el creado, especialmente en
aquel en que vive y trabaja.
4.
En los países en desarrollo, la mayoría de los problemas
ambientales están motivados por el subdesarrollo.
Millones de personas siguen viviendo muy por debajo de los niveles
mínimos necesarios para una existencia humana decorosa, privadas
de alimentación y vestido, de vivienda y educación, de sanidad e
higiene adecuadas.
Por ello, los países en desarrollo deben dirigir sus esfuerzos
hacia el desarrollo, teniendo presente sus prioridades y la
necesidad de salvaguardar y mejorar el medio.
Con el mismo fin, los países industrializados deben esforzarse
por reducir la distancia que los separa de los países en
desarrollo.
En los países industrializados, los problemas ambientales están
generalmente relacionados con la industrialización y el
desarrollo tecnológico.
5.
El crecimiento natural de la población plantea continuamente
problemas relativos a la preservación del medio, y se deben
adoptar normas y medidas apropiadas, según proceda, para hacer
frente a esos problemas.
De todas las cosas del mundo, los seres humanos son lo más
valioso. Ellos son quienes promueven el progreso social, crean
riqueza social, desarrollan la ciencia y la tecnología y, con su
duro trabajo, transforman continuamente el medio humano.
Con el progreso social y los adelantos de la producción, la
ciencia y la tecnología, la capacidad del hombre para mejorar el
medio se acrecienta cada día que pasa.
6.
Hemos llegado a un momento de la historia en que debemos orientar
nuestros actos en todo el mundo atendiendo con mayor solicitud a
las consecuencias que puedan tener para el medio.
Por ignorancia o indiferencia, podemos causar daños inmensos e
irreparables al medio terráqueo del que dependen nuestra vida y
nuestro bienestar.
Por el contrario, con un conocimiento más profundo y una acción
más prudente, podemos conseguir para nosotros y para nuestra
posteridad unas condiciones de vida mejores en un medio más en
consonancia con las necesidades y aspiraciones de vida del hombre.
Las perspectivas de elevar la calidad del medio, de crear una vida
satisfactoria son grandes. Lo que se necesita es entusiasmo, pero,
a la vez, serenidad de ánimo trabajo afanoso, pero sistemático.
Para llega a la plenitud de su libertad dentro de la naturaleza,
el hombre debe aplicar sus conocimientos a forjar, en armonía con
ellas un medio mejor.
La defensa y el mejoramiento del medio humano para las
generaciones presentes y futuras se han convertido en meta
imperiosa de la humanidad, y ha de perseguirse al mismo tiempo que
las metas fundamentales ya establecidas de la paz y el desarrollo
económico y social en todo el mundo, y de conformidad con ellas.
7.
Para llegar a esa meta será menester que ciudadanos y
comunidades, empresas e instituciones, en todos los planos,
acepten las responsabilidades que les incumben y que todos ellos
participen equitativamente en la labor común.
Hombres de toda condición u organizaciones de diferente índole
plasmarán, con la aportación de sus propios valores o la suma de
sus actividades, el medio ambiente del futuro.
Corresponderá a las administraciones locales y nacionales, dentro
de sus respectivas jurisdicciones, la mayor parte de gran escala
sobre el medio.
También se requiere la cooperación internacional con objeto de
llegar a recursos que ayuden a los países en desarrollo a cumplir
su cometido en esta esfera.
Y hay un número cada vez mayor de problemas relativos al medio
que, por ser de alcance regional o mundial o por repercutir en el
ámbito internacional común, requerirán una amplia colaboración
entre las naciones y la adopción de medidas para las
organizaciones internacionales en interés de todos.
La Conferencia encarece a los gobiernos y a los pueblos que aúnen
sus esfuerzos para preservar y mejorar el medio ambiente en
beneficio del hombre y de su posteridad.
Expresa la
convicción común de que:
Principio 1:
El
hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y
el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de
calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de
bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el
medio para las generaciones presentes y futuras.
A este respecto, las políticas que promueven o perpetúan el
apartheid, la segregación racial, la discriminación, la
opresión colonial y otras formas de opresión y de dominación
extranjera quedan condenadas y deben eliminarse.
Principio
2: Los
recursos naturales de la tierra, incluídos, el aire, el agua, la
tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras
representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en
beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una
cuidadosa planificación u ordenación, según convenga.
Principio 3:
Debe
mantenerse y, siempre que sea posible, restaurarse o mejorarse la
capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables.
Principio
4: El
hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y
administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y la fauna
silvestre y su hábitat, que se encuentren actualmente en grave
peligro por una combinación de factores adversos.
En consecuencia, al planificar el desarrollo económico debe
atribuirse importancia a la conservación de la naturaleza,
incluidas la flora y fauna silvestre
Principio 5:
Los
recursos no renovables de la Tierra deben emplearse de forma que
se evite el peligro de su futuro agotamiento y se asegure que toda
la humanidad comparta los beneficios de tal empleo.
Principio
6: Debe
ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas o de otras
materias y a la liberación de calor, en cantidades o
concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas, para
que no se causen daños graves irreparables a los ecosistemas.
Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos lo países
contra la contaminación.
Principio 7:
Los
Estados deberá tomar todas las medidas posibles para impedir la
contaminación de los mares por sustancias que puedan poner en
peligro la salud del hombre, dañar los recursos vivos y la vida
marina, menoscabar las posibilidades de esparcimiento o entorpecer
otras utilizaciones legítimas del mar.
Principio
8: El
desarrollo económico y social es indispensable par asegurar al
hombre un ambiente de vida y trabajo favorable y crear en la
Tierra las condiciones necesarias para mejorar la calidad de la
vida.
Principio 9:
Las
deficiencias del medio originadas por las condiciones del
subdesarrollo y los desastres naturales plantean graves problemas,
y la mejor manera de subsanarlas es el desarrollo acelerado
mediante la transferencia de cantidades considerables de
asistencia financiera y tecnológica que complemente los esfuerzos
interno de los países en desarrollo y la ayuda oportuna que pueda
requerirse.
Principio
10: Para
los países en desarrollo, la estabilidad de los precios y la
obtención de ingresos adecuados de los productos básicos y las
materias primas son elementos esenciales para la ordenación del
medio, ya que han de tenerse en cuenta tanto los factores
económicos como los procesos ecológicos.
Principio 11:
Las
políticas ambientales de todos los Estados deberían estar
encaminadas a aumentar el potencial de crecimiento actual o futuro
de los países en desarrollo y no deberían coartar ese potencial
no obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para
todos.
Los Estados y las organizaciones internacionales deberían tomar
las disposiciones pertinentes con miras de llegar a un acuerdo
para hacer frente a las consecuencias económicas que pudieran
resultar, en los planos nacional e internacional, de la
aplicación de medidas ambientales.
Principio
12: Deberían
destinarse recursos a la conservación y mejoramiento del medio,
teniendo en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales
de los países en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda
originar a estos países la inclusión de medidas de conservación
del medio en sus planes de desarrollo, así como la necesidad de
prestarles, cuando lo soliciten, más asistencia técnica y
financiera internacional con ese fin.
Principio 13:
A
fin de lograr una más racional ordenación de los recursos y
mejorar así las condiciones ambientales, los Estados deberían
adoptar un enfoque integrado y coordinado de la planificación de
su desarrollo, de modo que quede asegurada la compatibilidad del
desarrollo con la necesidad de proteger y mejorar el medio humano
en beneficio de su población.
Principio
14: La
planificación racional constituye un instrumento indispensable
para conciliar las diferencias que puedan surgir entre las
exigencias del desarrollo y la necesidades de proteger y mejorar
el medio.
Principio 15:
Debe
aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y a la
urbanización con miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre
el medio y a obtener los máximos beneficios sociales, económicos
y ambientales para todos.
A este respecto deben abandonarse los proyectos destinados a la
dominación colonialista y racista.
Principio
16: En
las regiones en que existe el riesgo de que la tasa de crecimiento
demográfico o las concentraciones excesivas de población
perjudiquen al medio o al desarrollo, o en que la baja densidad de
población pueda impedir el mejoramiento del medio humano y
obstaculizar el desarrollo, debería aplicarse políticas
demográficas que respetasen los derechos humanos fundamentales y
contasen con la aprobación de los gobiernos interesados.
Principio 17:
Debe
confiarse a las instituciones nacionales competentes la tarea de
planificar, administrar o controlar la utilización de los
recursos ambientales de los Estados con el fin de mejorar la
calidad del medio.
Principio
18: Como
parte de su contribución al desarrollo económico y social, se
debe utilizar la ciencia y la tecnología para descubrir, evitar y
combatir los riesgos que amenazan al medio, para solucionar los
problemas ambientales y por el bien común de la humanidad.
Principio 19:
Es indispensable una labor de educación en cuestiones
ambientales, dirigida tanto a las generaciones jóvenes como a los
adultos y que presente la debida atención al sector de población
menos privilegiado, para ensanchar las bases de una opinión
pública bien informada y de una conducta de los individuos, de
las empresas y de las colectividades inspirada en el sentido de su
responsabilidad en cuanto a la protección y mejoramiento del
medio en toda su dimensión humana. Es también esencial que los
medios de comunicación de masas eviten contribuir al deterioro
del medio humano y difundan, por el contrario, información de
carácter educativo sobre la necesidad de protegerlo y mejorarlo,
a fin de que el hombre pueda desarrollarse en todos los aspectos.
Principio
20: Se
deben fomentar en todos los países en desarrollo, la
investigación y el desarrollo científicos referentes a los
problemas ambientales, tanto nacionales como multinacionales. A
este respecto, el libre intercambio de información científica
actualizada y de experiencias sobre la transferencia de ser objeto
de apoyo y asistencia, a fin de facilitar la solución de los
problemas ambientales; las tecnologías ambientales deben ponerse
a disposición de los países en desarrollo en condiciones que
favorezcan su amplia difusión sin que constituyan una carga
económica excesiva para esos países.
Principio 21:
De
conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los
principios del derecho internacional, los Estados tienen el
derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación
de su propia política ambiental y la obligación de asegurar que
las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o
bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados o de
zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional.
Principio
22:
Los Estados deben cooperar para continuar desarrollando
el derecho internacional en lo que se refiere a la responsabilidad
y a la indemnización a las víctimas de la contaminación y otros
daños ambientales que las actividades realizadas dentro de la
jurisdicción o bajo el control de tales Estados causen en zonas
situadas fuera de su jurisdicción.
Principio 23:
Toda
persona, de conformidad con la legislación nacional, tendrá, la
oportunidad de participar, individual o colectivamente, en el
proceso de preparación de las decisiones que conciernen
directamente a su medio ambiente y, cuando éste haya sido objeto
de daño o deterioro, podrá ejercer los recursos necesarios para
obtener una indemnización.
Principio
24: Incumbe
a toda persona actuar de conformidad con lo dispuesto en la
presente Carta. Toda persona, actuando individual o
colectivamente, o en el marco de su participación en la vida
política, procurará que se alcancen y se observen los objetivos
y las disposiciones de la presente Carta. |