|
Declaración de Roma
sobre la aplicación del Código de Conducta para la pesca
responsable
(Adoptada por la
Reunión Ministerial de la FAO sobre Pesca
Roma, 10-11 de marzo de 1999)
1. Por invitación
del Director General, los Ministros responsables de la pesca se
reunieron en Roma los días 10 y 11 de marzo de 1999 como signo de
su empeño en la aplicación del Código de Conducta para la Pesca
Responsable aprobado por la Conferencia de la FAO en su 28º
período de sesiones de octubre de 1995. A este respecto, la
Reunión Ministerial apreció especialmente la función de la FAO
en el fomento de la aplicación del Código de Conducta para la
Pesca Responsable y la adopción cada vez más amplia del Código
por parte de los Estados y organizaciones interesadas.
2. La Reunión
Ministerial hizo hincapié en que el logro de la ordenación
sostenible tanto de la pesca de captura como de la acuicultura
reviste gran importancia para la seguridad alimentaria mundial,
para la consecución de los objetivos económicos y sociales
nacionales y para el bienestar y los medios de vida de las
personas y familias involucradas en el sector pesquero. Por ello,
expresó preocupación por el hecho de que muchos de los
principales recursos de la pesca marina mundial están sometidos a
la sobrepesca, a prácticas pesqueras destructivas y
despilfarradoras y al exceso de capacidad, lo que provoca la
reducción de los rendimientos y de los beneficios económicos.
Expresó igualmente su preocupación por la cantidad creciente de
actividades pesqueras ilegales, incontroladas y no notificadas que
se están realizando, incluyendo los barcos pesqueros que ondean
"pabellones de conveniencia", de acuerdo con lo indicado
en el párrafo 33 del Anexo G del informe de la Consulta
sobre la ordenación de la capacidad pesquera, la pesca de
tiburones y las capturas incidentales de aves marinas en la pesca
con palangre, que se reunió en Roma en octubre de 1998. A este
respecto, a la vez que se congratuló de la entrada en vigor de la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la
Reunión tomó nota de que, hasta el momento, sólo un pequeño
número de países habían ratificado el Acuerdo para Promover el
Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y
Ordenación por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar y el
Acuerdo de las Naciones Unidas sobre la Conservación y
Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las
Poblaciones de Peces Altamente Migratorios.
3. La Reunión
Ministerial reconoció la importancia creciente de una acuicultura
ecológicamente sólida como fuente de suministros de pescado para
el consumo humano y asignó alta prioridad a garantizar la
contribución de la acuicultura sostenible a la seguridad
alimentaria, los ingresos y el desarrollo rural.
4. La Reunión
Ministerial acogió favorablemente el hecho de que el Comité de
Pesca de la FAO, en su 23º período de sesiones de 1999, hubiera
adoptado, en el marco del Código de Conducta, Planes de Acción
Internacionales para la Ordenación de la capacidad pesquera, para
la Conservación y ordenación de los tiburones y para la
Reducción de las capturas incidentales de aves marinas en la
pesca con palangre.
5. Se reconoció que
la plena aplicación del Código de Conducta y de los Planes de
Acción exige considerables recursos y no se conseguirá
rápidamente ni fácilmente, si no se aplican las medidas ya
adoptadas. Muchos países necesitan una considerable asistencia
técnica y apoyo financiero, mediante acuerdos multilaterales y/o
bilaterales o a través de la FAO, para ayudarles en la
aplicación del Código de Conducta y los Planes de Acción.
6. La Reunión
Ministerial tomó nota de que debería prestarse mayor atención
al desarrollo de enfoques de ecoetiquetado más apropiados para el
desarrollo y la ordenación de la pesca.
7. La Reunión
Ministerial tomó nota de que es preciso afrontar, en el marco del
Código de Conducta para la Pesca Responsable, los aspectos del
comercio y el medio ambiente relacionados con la pesca y la
acuicultura.
8. La Reunión
Ministerial destacó la importante función que las organizaciones
regionales de ordenación pesquera pueden desempeñar con respecto
a la aplicación del Código de Conducta.
9. La Reunión
Ministerial señaló la importancia creciente de la pesca
deportiva y subrayó la necesidad de que se realice de forma
sostenible y en consonancia con el Código de Conducta para la
Pesca Responsable.
10. La Reunión
Ministerial tomó nota de que hay todavía artículos del Código
de Conducta que deben desarrollarse ulteriormente, tales como las
prácticas posteriores a la recolección, la mejora de las
operaciones pesqueras, el comercio responsible y el fomento de la
investigación.
11. Recordó la
importancia de la Declaración de Roma sobre la Seguridad
Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial
sobre la Alimentación, especialmente el párrafo 33d) relativo a
la Declaración y Plan de Acción de Kyoto, adoptados en noviembre
de 1996, que la Reunión Ministerial consideró que debían
constituir los puntos fundamentales de referencia para la
elaboración del Marco Estratégico de la FAO 2000-2015.
12. Como
conclusión, la Reunión Ministerial hizo la siguiente Declaración
sobre la aplicación del Código de Conducta para la Pesca
Responsable:
Nosotros, los
Ministros y representantes de Ministros reunidos en Roma los días
10 y 11 de marzo de 1999, declaramos que, sin perjuicio de los
derechos y obligaciones de los Estados en virtud del derecho
internacional:
a) Afirmamos
que la FAO y sus órganos rectores aportan una contribución
esencial a la gestión internacional de la pesca y que, junto con
los órganos regionales de ordenación pesquera, la FAO es el foro
más apropiado para afrontar cuestiones vitales de la pesca
mundial, por lo que pedimos a la Organización que asigne mayor
prioridad a las actividades de su programa de pesca e incremente
la parte de los recursos de su Programa Ordinario destinados a
ellas.
b) Destacamos
la alta prioridad que se debe seguir asignando a la aplicación de
la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y
del Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación;
c) Asignamos
la más alta prioridad al logro de la sostenibilidad tanto de la
pesca de captura como de la acuicultura, en el marco del enfoque
de ecosistemas, teniendo en cuenta las circunstancias y
necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular
los pequeños estados insulares en desarrollo.
d) Colaboraremos
con otros Estados y organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales e instituciones financieras pertinentes para
fomentar la aplicación efectiva del Código de Conducta para la
Pesca Responsable.
e) Alentamos
a la FAO a que siga desarrollando directrices técnicas sobre los
distintos aspectos del Código de Conducta para apoyar su
aplicación nacional;
f) Asignamos
alta prioridad a la aplicación de los Planes de Acción
Internacionales para la ordenación de la capacidad pesquera, para
la conservación y ordenación de los tiburones y para la
reducción de las capturas incidentales de aves marinas en la
pesca con palangre, y a la aplicación, en el marco de los planes
nacionales, de medidas para alcanzar un equilibrio entre la
capacidad de recolección y los recursos pesqueros disponibles;
g) Pedimos a
la FAO que siga esforzándose por fortalecer las funciones y
responsabilidades de los órganos pesqueros regionales de la FAO y
su cooperación con otros organismos regionales de ordenación
pesquera, a fin de aplicar eficazmente el Código de Conducta.
h) Adoptaremos,
con carácter prioritario, las medidas necesarias para llegar a
ser partes en la Convención de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar, el Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las
Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por los
Buques Pesqueros que pescan en alta mar y el Acuerdo de las
Naciones Unidas sobre la Conservación y Ordenación de las
Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces
Altamente Migratorios, a fin de que puedan entrar en vigor.
i) Instamos a
la FAO a que ayude a los países en desarrollo en sus esfuerzos
por aplicar el Código de Conducta e invite a los organismos
donantes e instituciones de financiación a que incrementen su
asistencia técnica y apoyo financiero para este fin.
j) Elaboraremos
un plan de acción mundial para afrontar eficazmente todas las
formas de pesca ilegal, incontrolada y no notificada, incluidos
los barcos pesqueros que ondean "pabellones de
conveniencia", de acuerdo con lo indicado en el
párrafo 33 del Anexo G del informe de la Consulta sobre
la ordenación de la capacidad pesquera, la pesca de tiburones y
las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con
palangre, que se reunió en Roma en octubre de 1998, mediante
esfuerzos coordinados de los Estados, la FAO, los órganos
regionales de ordenación pesquera y otros órganos
internacionales pertinentes, como la Organización Marítima
Internacional (OMI), según lo establecido en el Artículo IV del
Código de Conducta.
k) Afrontaremos
los aspectos del comercio y medio ambiente relacionados con la
pesca y la acuicultura en el marco del Código de Conducta para la
Pesca Responsable;
l) Pedimos a
todos los usuarios de los recursos pesqueros que apliquen el
Código de Conducta para la Pesca Responsable;
m) Alentamos
a la FAO a que siga haciendo hincapié en su Marco Estratégico
2000-2015 en las asociaciones y la interdisciplinariedad, como
parte de los esfuerzos de la FAO para aprovechar sus ventajas
comparativas;
n) Trabajaremos
unidos, por medio de la FAO y en colaboración con todas las
demás organizaciones interesadas en la pesca, para buscar la
utilización óptima y sostenible de los recursos pesqueros
mundiales y reducir el desperdicio y las prácticas pesqueras
destructivas, promoviendo prácticas de pesca responsable, el
seguimiento efectivo e integrado de la actividad pesquera y un
enfoque de ecosistemas de la ordenación pesquera, y alentando el
crecimiento de la acuicultura sostenible, para asegurar, de esta
manera, que la pesca contribuya a la consecución de los objetivos
económicos y sociales nacionales y a la seguridad alimentaria
mundial.
Pronunció el
discurso principal el Excmo. Sr. Olafur Ragnar Grímsson,
Presidente de Islandia.
La presente
Declaración de Roma sobre la Pesca Responsable se adoptó por
unanimidad en la Reunión Ministerial sobre la Aplicación del
Código de Conducta para la Pesca Responsable, convocada en Roma
los días 10 y 11 de marzo de 1999. Asistieron a la reunión
126 Miembros de la FAO: Albania, Alemania, Angola, Arabia Saudita,
Argelina, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Bangladesh,
Barbados, Bélgica, Belice, Benin, Brasil, Bulgaria,
Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camboya, Camerún,
Canadá, Colombia, Comunidad Europea, Congo (República del),
Corea (República de), Costa Rica, Côte d´Ivoire, Croacia,
Cuba, Chad, Chile, China, Chipre, Dinamarca, Dominica, Ecuador,
Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea,
Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia,
Etiopía, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia,
Ghana, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea Bissau,
Guyana, Haití, Honduras, Hungría, India, Indonesia, Irán
(República Islámica del), Iraq, Irlanda, Islandia, Italia,
Jamahiriya Árabe Libia, Jamaica, Japón, Kenya, La Ex República
Yugoslava de Macedonia, Liberia, Lituania, Madagascar, Malasia,
Malta, Marruecos, Mauricio, México, Mozambique, Namibia, Nepal,
Nueva Zelandia, Nigeria, Noruega, Omán, Países Bajos,
Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar,
Reino Unido, República Checa, República Dominicana,
República Popular Democrática de Corea, Rumania, Saint
Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas,
Santa Lucía, Samoa, Senegal, Siria, Sri Lanka,
Sudáfrica, Sudán, Suecia, Tanzanía, Tailandia, Tonga, Trinidad
y Tabago, Túnez, Turquía, Uganda, Uruguay, Vanuatu, Venezuela,
Viet Nam, Yemen y Zambia.
También estuvieron
representados:
Islas Marshall
Federación de Rusia
Santa Sede
Consejo de Europa
Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero
Greenpeace International
Alianza Cooperativa Internacional
Consejo Internacional de Mujeres |