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DECLARACIÓN DE MONTREAL SOBRE LA PROTECCIÓN
DEL MEDIO MARINO FRENTE A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN TIERRA
1. Nosotros, los representantes de 98
gobiernos, con el valioso apoyo y acuerdo de los delegados de las instituciones
financieras internacionales, organizaciones internacionales y regionales, el
sector privado, las organizaciones no gubernamentales, otros interesados
directos y grupos representativos, reunidos del 26 al 30 de noviembre de 2001,
en Montreal, Canadá, para celebrar la primera Reunión Intergubernamental de
Examen de la Aplicación del Programa de Acción Mundial para la Protección del
Medio Marino frente a las actividades realizadas en tierra, acordamos lo
siguiente:
2. Nos preocupa que:
a) La degradación del medio marino se viene
incrementando por la contaminación resultante de las aguas residuales, los
contaminantes orgánicos persistentes, las sustancias radioactivas, los metales
pesados, los aceites, la basura, la alteración física y destrucción de los hábitats,
y la alteración de la frecuencia, el volumen y la calidad de los aportes de
agua dulce con los cambios resultantes en las acumulaciones de nutrientes y
sedimentos, y en los regímenes de salinidad;
b) Las consecuencias negativas significativas
para la salud humana, la mitigación de la pobreza, la seguridad e inocuidad
alimentarias, así como para las industrias afectadas revisten suma importancia
a nivel mundial;
c) Los costos sociales, ambientales y económicos
están aumentando como resultado de los efectos nocivos de las actividades
realizadas en tierra en la salud humana y en los ecosistemas costeros y marinos,
y que ciertos tipos de daños son graves y pueden ser irreversibles;
d) Las consecuencias del cambio climático en
los ecosistemas marinos constituyen una amenaza para las zonas costeras bajas y
los pequeños Estados insulares debido a la creciente degradación de los
ecosistemas costeros y marinos protegidos;
e) No se concede carácter de mayor urgencia a
la adopción de medidas a los niveles nacional y regional, para lograr los
objetivos del Programa de Acción Mundial.
3. Nos preocupa también la pobreza
generalizada, en particular en las comunidades costeras de los países en
desarrollo, y la contribución que éstas condiciones de pobreza hacen a la
contaminación marina, por ejemplo, por no existir ni siquiera servicios básicos
de saneamiento; y el modo en que la degradación del medio marino genera
pobreza, socavando la propia base del desarrollo económico y social.
4. Reconocemos que la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y el Programa 21 proporcionan el marco
fundamental para aplicar el Programa de Acción Mundial.
5. Declaramos que la aplicación del
Programa de Acción Mundial compete primordialmente a los gobiernos nacionales.
Asimismo, los programas de mares regionales desempeñan una función importante
y ambos deberían incluir la participación activa de todos los interesados
directos.
6. Cooperaremos para mejorar la
gobernanza de las zonas costeras y oceánicas con miras a acelerar la aplicación
del Programa de Acción Mundial, mediante la incorporación, la integración de
las zonas costeras y la ordenación de las cuencas hidrográficas, así como la
mejora de los procesos de gobernanza a los niveles, mundial, regional y
nacional.
7. Cooperaremos también con miras a
identificar recursos financieros nuevos y complementarios para acelerar la
aplicación del Programa de Acción Mundial mediante la creación de capacidad
respecto de modalidades de asociación eficaces entre los gobiernos, la
industria, la sociedad civil, las organizaciones internacionales y las
instituciones financieras, así como mediante una mejor utilización de los
recursos nacionales e internacionales.
Incorporación del Programa de Acción
Mundial
8. Nos comprometemos a mejorar y
acelerar la aplicación del Programa de Acción Mundial, y para ello a:
a) Incorporar los objetivos, las metas y la
orientación del Programa de Acción Mundial en actividades, programas de acción,
estrategias y planes nuevos y existentes a los niveles local, nacional, regional
y mundial, así como en políticas sectoriales en el marco de nuestras
respectivas jurisdicciones;
b) Fortalecer la capacidad de las
organizaciones de mares regionales para colaborar y aplicar medidas entre múltiples
interesados directos, incluida la participación en reuniones de colaboración
centradas en la determinación y la solución de problemas concretos;
c) Apoyar la ratificación de los acuerdos de
mares regionales existentes y la elaboración de otros complementarios, según
proceda, y promover la colaboración entre las organizaciones de mares
regionales existentes, incluidos mecanismos de cooperación mutua;
d) Formular un llamamiento a los organismos y
los programas de las Naciones Unidas y las instituciones financieras
internacionales para que incorporen, según proceda, los objetivos del Programa
de Acción Mundial en sus programas de trabajo respectivos, asignando prioridad
al período 2002-2006 para hacer frente a las repercusiones de las aguas
residuales, la alteración y destrucción física de los hábitats y los
nutrientes en el medio marino, la salud humana, la mitigación de la pobreza, la
seguridad e inocuidad alimentarias, los recursos hídricos, la diversidad biológica
y las industrias afectadas;
e) Formular un llamamiento a los programas de
mares regionales para que, teniendo en cuenta las evoluciones de sus medios
marinos:
i) Identifiquen prioridades, prestando
especial atención a las fijadas en el apartado d) del párrafo 8, supra;
ii) Preparen planes de acción para proceder
a la aplicación de dichas prioridades y, trabajen, según proceda, con las
autoridades nacionales para aplicar esos planes;
iii) Elaboren informes provisionales sobre el
desarrollo de dichos planes de acción, con vistas a la preparación de
informes completos para la próxima reunión de examen del Plan de Acción
Mundial.
Gobernanza de las zonas oceánicas y
costeras
9. Nos comprometemos además a mejorar y
acelerar la aplicación del Programa de Acción Mundial, y para ello a:
a) Adoptar medidas apropiadas a los niveles
nacional y regional con miras a fortalecer la cooperación institucional entre
las autoridades de las cuencas hidrográficas, las autoridades portuarias y los
administradores de zonas costeras, entre otras entidades, así como para
incorporar consideraciones relativas a la ordenación de las zonas costeras en
las leyes y reglamentaciones pertinentes relacionadas con el ordenamiento de las
cuencas hidrográficas, en particular la cuencas hidrográficas
transfronterizas;
b) Fortalecer la capacidad de las autoridades
locales y nacionales para obtener y utilizar información científica válida a
fin de participar en la adopción de decisiones integradas, con participación
de los interesados directos, y para aplicar marcos institucionales y jurídicos
eficaces respecto de la ordenación costera sostenible;
c) Fortalecer los programas de mares regionales
para que desempeñen una función, según proceda, respecto de la coordinación
y la cooperación:
i) En la aplicación del Programa de Acción
Mundial;
ii) Con otras organizaciones regionales
competentes;
iii) En los planes de desarrollo y ordenación
de las cuencas hidrográficas regionales;
iv) Con las organizaciones y programas de
nivel mundial en relación con la aplicación de los convenios y convenciones
mundiales y regionales;
d) Apoyar este nuevo modelo de ordenamiento
integrado para la gobernanza de las zonas oceánicas y costeras como nuevo e
importante elemento de la gobernanza ambiental a nivel internacional;
e) Mejorar la evaluación científica de las
repercusiones antropógenas en el medio marino, incluidas, entre otras, las
repercusiones socioeconómicas;
f) Mejorar la presentación de informes sobre
el estado de los océanos con el fin de medir con mayor precisión los progresos
hacia las metas del desarrollo sostenible, aportar información para la adopción
de decisiones (por ejemplo, para fijar los objetivos de la ordenación),
aumentar la concienciación del público y ayudar a evaluar los resultados;
g) Mejorar el desarrollo y transferencia de la
tecnología, de conformidad con las recomendaciones de la Asamblea General de
las Naciones Unidas.
Financiamiento del Programa de Acción
Mundial
10. Nos comprometemos a mejorar y
acelerar la aplicación del Programa de Acción Mundial, y para ello a:
a) Fortalecer la capacidad de las autoridades
locales y nacionales, con los recursos financieros y de otra índole
pertinentes, para determinar y evaluar las necesidades y las soluciones
alternativas respecto de la contaminación procedente de fuentes terrestres
específicas; y para formular, negociar y aplicar contratos y otros arreglos en
colaboración con el sector privado;
b) Formular un llamamiento a las instituciones
financieras internacionales y los bancos regionales de desarrollo y otros
mecanismos financieros internacionales, en particular, el Banco Mundial y el
Fondo para el Medio Ambiente Mundial, con arreglo a sus estrategias y políticas
operacionales, para que faciliten y financien con prontitud las actividades
relacionadas con la aplicación del Programa de Acción Mundial a los niveles
regional y nacional;
c) Asignar la debida atención a las
repercusiones positivas y negativas de las leyes y políticas nacionales, con
inclusión, entre otras cosas, de medidas fiscales, tales como la tributación y
las subvenciones, respecto de la degradación de los medios marino y costero
ocasionada por las actividades realizadas en tierra;
d) Adoptar medidas apropiadas al nivel
nacional, con inclusión, entre otras cosas, de reformas institucionales y
financieras, mayores transparencia y rendición de cuentas, la elaboración de
programas de inversión plurianuales y la creación de un entorno favorable a
las inversiones.
Otras disposiciones
11. Acogemos con beneplácito el Plan de
Acción Estratégico sobre las aguas residuales municipales e instamos al
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente a que dé forma final a
ese documento como instrumento para aplicar los objetivos del Programa de Acción
Mundial;
12. Hacemos un llamamiento a los
gobiernos para que ratifiquen el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos
persistentes, el Protocolo de 1996 del Convenio de Londres sobre la Prevención
de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, y
otros acuerdos pertinentes, en particular, las convenciones y convenios
regionales, tales como el Protocolo de Aruba de 1999 del Convenio de Cartagena
para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran
Caribe, así como los protocolos relativos a la prevención de la contaminación
del medio marino, como medio para aplicar el Programa de Acción Mundial. También
hacemos hincapié en la necesidad de una mayor cooperación a nivel
internacional en relación con la gestión de los productos químicos.
13. Acogemos con satisfacción también
la labor realizada por la Oficina de Coordinación del Programa Mundial,
recomendamos su programa de trabajo para 2002-2006 al Consejo de Administración
del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y lo instamos a que
aplique el programa a un nivel fortalecido, con sujeción a la disponibilidad de
recursos.
14. Tomamos nota de los resultados del
primer Examen Intergubernamental del Programa de Acción Mundial como contribución
valiosa a la aplicación del Programa 21. Pedimos que el próximo Foro Ambiental
Mundial a Nivel Ministerial haga suyos esos resultados. Sometemos los resultados
a la atención de la Conferencia Internacional de Monterrey sobre Financiación
del Desarrollo, así como del Tercer Foro Mundial del Agua, que se celebrará en
Kyoto, Japón en 2003. Pedimos que el proceso preparatorio de la Cumbre Mundial
sobre el Desarrollo Sostenible tenga plenamente en cuenta los resultados de la
presente reunión y el objetivo del Programa de Acción Mundial cuando examine
la adopción de medidas sobre la protección del medio marino.
15. Pedimos al Director Ejecutivo del
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente que convoque la segunda
Reunión Intergubernamental de Examen en 2006 y procure apoyo para organizar la
reunión.
Adoptada por la Reunión
Intergubernamental de Examen de la
Aplicación del Programa de Acción Mundial para la protección
del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra,
en su primera reunión, el viernes, 30 de noviembre de 2001.
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