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Programa de Acción Mundial para la Protección del Medio Marino Frente a las Actividades Realizadas en Tierra

http:
www.gpa.unep.org

DECLARACIÓN DE WASHINGTON SOBRE LA PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO FRENTE A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN TIERRA

Los representantes de los gobiernos y la Comisión Europea participantes en la Conferencia celebrada en Washington del 23 de octubre al 3 de noviembre de 1995,

Afirmando la necesidad y la voluntad de proteger y preservar el medio marino para las generaciones presentes y futuras,

Reafirmando las disposiciones pertinentes de los capítulos 17, 33 y 34 del Programa 21 y la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,

Reconociendo la interdependencia de las poblaciones humanas y el medio marino y costero y la creciente y grave amenaza que las actividades realizadas en tierra suponen tanto para la salud y el bienestar humanos como para la integridad de los ecosistemas costeros y marinos y la diversidad biológica,

Reconociendo además la importancia de la ordenación integrada de las zonas costeras y el criterio basado en las cuencas de captación como medios de coordinar los programas encaminados a prevenir la degradación del medio marino derivada de las actividades realizadas en tierra con los programas de desarrollo económico y social,

Reconociendo asimismo que la mitigación de la pobreza es un factor esencial para hacer frente a los efectos en las zonas costeras y marinas de las actividades realizadas en tierra,

Tomando nota de que en las distintas regiones del mundo y los Estados que éstas engloban existen grandes diferencias de condiciones ambientales, económicas y sociales y de nivel de desarrollo que conducirán a juzgar de distinta manera la prioridad que debe darse a la búsqueda de soluciones a los problemas relacionados con la degradación del medio marino derivada de las actividades realizadas en tierra,

Reconociendo la necesidad de recabar la participación de los grupos principales en las actividades nacionales, regionales e internacionales para hacer frente a la degradación del medio marino derivada de las actividades realizadas en tierra,

Respaldando firmemente los procesos establecidos en las decisiones 18/31 y 18/32 del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, de 25 de mayo de 1995, para abordar a nivel mundial las cuestiones prioritarias relacionadas con los contaminantes orgánicos persistentes y el tratamiento adecuado de las aguas residuales,

Habiendo por tanto aprobado el Programa de Acción Mundial para la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra,

Proclaman su compromiso de proteger y preservar el medio marino de los efectos de las actividades realizadas en tierra y declaran su intención de hacerlo:

1. Estableciendo como meta común la adopción de medidas sostenidas y eficaces para hacer frente a todos los efectos en el medio marino de las actividades realizadas en tierra, especialmente los resultantes de las aguas residuales, los contaminantes orgánicos persistentes, las sustancias radiactivas, los metales pesados, los aceites (hidrocarburos), los nutrientes, la movilización de sedimentos, la basura y las alteraciones físicas y la destrucción de hábitats;

2. Elaborando o revisando en los próximos años programas de acción nacionales basados en las prioridades y estrategias nacionales;

3. Tomando activas medidas para ejecutar esos programas con arreglo a la capacidad y las prioridades nacionales;

4. Cooperando para crear capacidad y movilizar recursos para el desarrollo y la ejecución de esos programas, en particular para los países en desarrollo, especialmente los países menos adelantados, los países con economías en transición y los pequeños Estados insulares en desarrollo (en adelante denominados "países que necesitan asistencia");

5. Tomando medidas preventivas y correctivas inmediatas, aprovechando cuando sea posible los conocimientos, recursos, planes y procesos existentes;

6. Promoviendo el acceso a tecnologías menos contaminantes, información y conocimientos especializados para tratar los problemas que plantean las actividades realizadas en tierra que degradan el medio marino, especialmente en los países que necesitan asistencia;

7. Cooperando en el plano regional para coordinar los esfuerzos por lograr la máxima eficiencia y para facilitar la adopción de medidas nacionales, entre otras cosas, cuando proceda, haciéndose partes en los acuerdos de cooperación regional y fortaleciéndolos, y creando nuevos acuerdos cuando sea necesario;

8. Alentando la adopción de medidas y el establecimiento de asociaciones de cooperación y colaboración entre instituciones y organizaciones gubernamentales, comunidades, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales con responsabilidades y/o experiencias pertinentes;

9. Alentando y/o facilitando la financiación externa, dado que la financiación procedente de fuentes y mecanismos internos puede ser insuficiente para la aplicación del Programa de Acción Mundial por los países que necesitan asistencia;

10. Promoviendo la totalidad de los instrumentos de gestión y las opciones financieras disponibles, incluidas técnicas financieras y administrativas innovadoras, en la ejecución de programas de acción nacionales o regionales, reconociendo al mismo tiempo las diferencias entre los países que necesitan asistencia y los Estados desarrollados;

11. Instando a las instituciones nacionales e internacionales y al sector privado, los donantes bilaterales y los organismos multilaterales de financiación a otorgar prioridad a proyectos que formen parte de programas nacionales y regionales para aplicar el Programa de Acción Mundial, y alentando al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a apoyar esos proyectos;

12. Exhortando al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, al Banco Mundial, a los bancos regionales de desarrollo y a los organismos del sistema de las Naciones Unidas a que se aseguren de que sus programas apoyen (entre otras cosas mediante cooperación financiera, creación de capacidad y mecanismos de fortalecimiento institucional) las estructuras regionales establecidas para la protección del medio marino;

13. Otorgando prioridad a la ejecución del Programa de Acción Mundial por el sistema de las Naciones Unidas, así como por otras instituciones y organizaciones mundiales y regionales con competencias y capacidad para abordar la degradación marina derivada de actividades realizadas en tierra, y concretamente:

a) Procurando el respaldo oficial de las partes del Programa de Acción Mundial de interés para esas instituciones y organizaciones e incorporando las disposiciones pertinentes en sus programas de trabajo;

b) Estableciendo un mecanismo de facilitación para dar a los encargados de adoptar decisiones de todos los Estados acceso directo a fuentes de información, experiencias prácticas y conocimientos científicos y técnicos especializados pertinentes y para facilitar la cooperación científica, técnica y financiera efectiva y crear capacidad; y

c) Disponiendo la realización periódica de un examen intergubernamental del Programa de Acción Mundial teniendo en cuenta evaluaciones regulares del estado del medio marino;

14. Promoviendo medidas para hacer frente a las consecuencias de las actividades realizadas en el mar, como la navegación, las actividades frente a las costas y los vertimientos en el océano, que requieran medidas nacionales y/o regionales en tierra, incluida la construcción de instalaciones de recepción y reciclado adecuadas;

15. Dando prioridad al tratamiento y manejo de aguas residuales y efluentes industriales como parte de la ordenación general de los recursos hídricos, especialmente mediante la instalación de sistemas de alcantarillado ambiental y económicamente apropiados, entre otras cosas estudiando mecanismos para canalizar sin demora recursos financieros a esos efectos a los países que necesitan asistencia;

16. Pidiendo a la Directora Ejecutiva del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente que, en estrecha colaboración con la Organización Mundial de la Salud, el Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (Hábitat), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y otras organizaciones pertinentes, prepare propuestas para establecer un plan que aborde en sus aspectos mundiales el problema de la gestión y el tratamiento inadecuados de las aguas residuales y sus consecuencias para la salud humana y el medio ambiente, así como para promover la transferencia de tecnología adecuada y económicamente accesible basada en las mejores técnicas disponibles;

17. Tomando medidas para elaborar, de conformidad con las disposiciones del Programa de Acción Mundial, un instrumento mundial jurídicamente vinculante para la reducción y/o eliminación de emisiones y descargas de los contaminantes orgánicos persistentes enumerados en la decisión 18/32 del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y, cuando proceda, la eliminación de su fabricación y uso. La naturaleza de las obligaciones contraídas debe estar en consonancia con las especiales circunstancias de los países que necesitan asistencia. Debe prestarse particular atención a la posible necesidad de seguir utilizando, a falta de alternativas, determinados contaminantes orgánicos persistentes para salvaguardar la salud humana, mantener la producción de alimentos y mitigar la pobreza, así como a la dificultad de adquirir productos sustitutivos y transferir tecnología para el desarrollo y/o la fabricación de esos productos; y

18. Integrando las medidas relacionadas con el seguimiento institucional, incluido el mecanismo de facilitación, en una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su quincuagésimo primer período de sesiones, a cuyos efectos los Estados deben coordinar con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, como secretaría del Programa de Acción Mundial, y otros organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas la preparación de la resolución e incluirla en el programa de la reunión entre períodos de sesiones de febrero de 1996 de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible y en el de su período de sesiones de abril de 1996.