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Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África (UNCDD)
Adopción: 17 de junio de 1994 - París, FRANCIA
Entrada en vigor: 26 de diciembre de 1996
Secretario Ejecutivo
Sr. Hama Arba Diallo

Dirección:
 
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Martín-Luther-King
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PO Box 260129,
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E-mail:
 
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Introducción a la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación

La Convención ofrece nuevas esperanzas para luchar contra la desertificación. En los últimos dos decenios el problema de la degradación de tierras en las regiones de tierras secas ha seguido empeorando. La Convención promueve un nuevo método para gestionar los ecosistemas de tierras secas y, lo que tiene igual importancia, administrar los fondos de ayuda al desarrollo.

Las causas de la desertificación son la variabilidad climática y las actividades humanas. En el pasado las tierras secas se recuperaban con facilidad después de sequías y períodos secos prolongados; sin embargo, en las circunstancias actuales de la vida' moderna, a menos de que se gestionen de forma sostenible, las tierras secas tienden a perder rápidamente su productividad biológica y económica. En la actualidad, las tierras secas de todos los continentes se están degradando como consecuencia del sobré cultivo, el pastoreo excesivo, la deforestación, y las prácticas inadecuadas de riego, y esa explotación excesiva obedece generalmente a causas económicas y sociales, ignorancia, guerras y sequías.

La desertificación socava la productividad de la tierra y contribuye al aumento de la pobreza. Las primeras víctimas de la desertificación son los recursos básicos (por ejemplo, la superficie fértil de la tierra, el manto vegetal, y los cultivos naturales). Los habitantes mismos empiezan a sufrir las consecuencias cuando los suministros de alimentos y agua comienzan a escasear, y en los casos extremos experimentan hambrunas, migraciones en masa y pérdidas económicas ingentes. Más de 250 millones de personas se hallan directamente afectadas por la desertificación, y alrededor de 1.000 millones están amenazadas por ella.

La Convención de Lucha contra la Desertificación se está aplicando mediante la adopción de programas de acción. Estos programas, que son el principio motor de la Convención, abordan a nivel nacional las causas fundamentales de la desertificación y la sequía, y determinan las medidas que será necesario adoptar para impedir que ocurran e invertir la tendencia. Los programas nacionales se pueden complementar con programas a nivel subregional y 'regional, en particular, cuando se trate de recursos transfronterizos como lagos y ríos. Los programas de acción se detallan en los cuatro anexos de aplicación regional a la Convención, a saber, para África, Asia, América Latina y el Caribe, y el Mediterráneo norte.

La Convención promete reorganizar en forma tangible el proceso de ayuda internacional. La Convención procura impulsar la participación de países y organismos donantes y naciones beneficiarias dentro de un nuevo marco de asociación. Por lo que concierne al África, los papeles respectivos de donantes y beneficiarios se definen en acuerdos de asociación concertados mediante un proceso consultivo. El objetivo que se persigue es garantizar una mejor coordinación de los programas de financiación: velar por que la adjudicación de los recursos financieros se base en las necesidades de los países afectados; que los donantes puedan cerciorarse de que sus fondos de empleen correctamente; y que los destinatarios obtengan el mayor beneficio posible de los recursos disponibles.

Otro cambio radical es la importancia que la Convención da a un método "de abajo hacia arriba" con una amplia participación local en la toma de decisiones. Tradicionalmente, las comunidades locales han sido participantes relativamente pasivos en los proyectos de desarrollo; ahora la Convención los pone en un plano de igualdad con otros actores en el proceso de desarrollo. Las comunidades y sus autoridades, así como las organizaciones no gubernamentales, expertos y funcionarios de gobierno, trabajan en forma mancomunada en la formulación de los programas de acción. Para que este innovador y complicado proceso funcione, se pueden organizar campañas de -sensibilización a fin de informar al público acerca de las nuevas oportunidades que ofrece la Convención.

La ciencia y la tecnología son elementos vitales en la lucha contra la desertificación. Todavía queda mucho por aprender respecto a las causas y repercusiones de la desertificación, y por ende, debe reforzarse la cooperación internacional en materia de investigación y observación, científicas. La degradación de tierras puede minimizarse tanto con las tecnologías nuevas como con las tradicionales, desde la vigilancia por satélite hasta el abancalamiento de laderas escarpadas. La ciencia y la tecnología deben satisfacer las necesidades reales de las personas, y la Convención alienta a los investigadores de todo, el mundo a unir sus aptitudes con este cometido.

Los recursos financieros han de encauzarse e invertirse de forma más eficaz. La mayor parte de la financiación se obtiene localmente en los países afectados, pero los programas bilaterales de asistencia y los organismos internacionales también aportan sumas considerables. Se ha establecido un mecanismo mundial con objeto de fomentar la movilización de recursos financieros, y se alienta asimismo -la búsqueda de fuentes de financiamiento innovadoras, incluidos los canjes de deuda y la financiación del sector privado.

La Convención crea un número de instituciones y procedimientos para orientar la acción internacional. El órgano supremo de la Convención es la Conferencia de las Partes (CP), que incorpora a todos los gobiernos que la han ratificado. Cuenta con el apoyo de un Comité de Ciencia y Tecnología. .Unos 120 países han ratificado la Convención, que entró en vigor el 26 de diciembre de 1996, tres meses después de haber sido ratificada por SO países. La CP celebró su primera reunión en Roma en octubre de 1997; la segunda se celebrará en Dakar, en diciembre de 1998.

La desertificación es ante todo un problema de desarrollo sostenible.Es una cuestión de pobreza y bienestar humano, así como dé la preservación del medio ambiente. Los problemas sociales y económicos, como la seguridad. alimenticia, las -migraciones y la estabilidad política, están estrechamente relacionados con la degradación de tierras y con otras cuestiones ambientales como el cambio climático, la diversidad biológica y él abastecimiento de agua potable. La Convención pone de relieve la necesidad de coordinar con estos problemas conexos los esfuerzos de investigación y los programas de acción en la lucha contra la desertificación.

Instituciones y procedimientos de la Convención

La Convención de Lucha contra la Desertificación se concertó bajo los auspicios de las Naciones Unidas. En junio de 1992 la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) -también conocida como la Cumbre de la Tierra, de Río- recomendó a la Asamblea General de las Naciones Unidas que estableciera un Comité Intergubernamental de Negociación (CIN) encargado de elaborar una convención de lucha contra la desertificación en los .países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África. Dicho Comité, que se creó a comienzos de 1993, celebró cinco sesiones preparatorias antes de aprobar la Convención el 17 de junio de 1994 en París. La Convención se abrió a la firma en París los días 14 y 15 de octubre de 1994.

La Convención entró en vigor el 26 de diciembre de 1996, 90 días después de haber recibido la ratificación de 50 países. Unos 120 países han firmado la Convención. Después de que los representantes de un gobierno han aprobado y firmado la Convención, debe obtenerse la ratificación correspondiente del parlamento nacional u otra autoridad competente; posteriormente, el gobierno interesado envía el instrumento de ratificación a las Naciones Unidas en Nueva York, en su calidad de Depositario. Los primeros 50 Estados que la han ratificado pasan a ser Partes y serán jurídicamente responsables de cumplir las obligaciones dimanantes del tratado, mientras los demás países han pasado a ser Partes 90 días después de haber depositado su ratificación.

La Conferencia de las Partes (CP) supervisa la aplicación, de la Convención. La CP, establecida por la Convención como órgano decisorio supremo, está integrada por todos los gobiernos qué han enviado su ratificación (y las organizaciones de integración económica regional, como la Unión Europea). La CP celebró su primera reunión en octubre de 1997 en Roma y seguirá reuniéndose cada año durante los cuatro primeros períodos de sesiones; la segunda reunión está previsto que tenga lugar en diciembre de 1998, en Dakar. Una de sus principales funciones es analizar los informes . presentados por las Partes, detallando en qué forma llevan a cabo sus compromisos. La CP, que elaborará recomendaciones sobre la base de dichos informes, también podrá introducir enmiendas a la Convención o iniciar negociaciones a efectos de incluir nuevos . anexos, incluidos anexos adicionales de .aplicación regional. De esa forma, la CP podrá orientar a la Convención conforme a la evolución de la situación mundial y las necesidades nacionales. La Convención prevé la creación de varios otros órganos de apoyo para asesorar a la CP, y permite que esta última establezca otras entidades adicionales si lo juzga pertinente.

Una secretaría apoya las labores de la CP. Al igual que otras secretarías de la Convención, ésta organiza las reuniones de la CP, prepara la documentación necesaria, coordina con otros órganos pertinentes la recopilación y transmisión de información, evacua consultas y desempeña otras actividades conexas. Los países en desarrollo afectados también cuentan con el apoyo de la secretaría para obtener informaciones y . asesoramiento, por ejemplo, sobre cómo organizar su proceso nacional de consulta.

El Comité de Ciencia y Tecnología asesora a la CP sobre cuestiones científicas y tecnológicas. El Comité determina las prioridades de investigación y recomienda la adopción de medidas tendientes a aumentar la cooperación entre los investigadores, y brinda asimismo asesoramiento en asuntos tales como los programas conjuntos de investigación para concebir nuevas tecnologías. La CP puede crear grupos especiales de expertos con miras a prestar asesoramiento sobre asuntos especializados, y sus miembros se seleccionan de una nómina de expertos designados por los gobiernos.

Un Mecanismo Mundial ayudará a la CP a promover la financiación de las actividades y programas en el marco de la Convención. Este Mecanismo no se encargará de obtener o administrar fondos, sino que deberá alentar y asesorar a donantes, beneficiarios, bancos de desarrollo, organizaciones no gubernamentales (ONG), Cte. a movilizar recursos financieros y afectarlos donde más se los. necesita. Procurará impulsar una mejor coordinación entre las fuentes actuales de financiación, y lograr una mayor eficacia en la utilización de los fondos. El Mecanismo Mundial estará bajo la autoridad de la CP, pero dirigido por el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (FIDA), que actuará en estrecha cooperación con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y otras organizaciones.

Aunque solamente aquellos gobiernos que hayan ratificado la Convención pasarán a ser miembros de la CP, otros órganos y organizaciones también pueden participar en ella. Si bien las convenciones internacionales son acuerdos jurídicos entre países soberanos, la Convención establece disposiciones especiales para que entidades y organismos nacionales e internacionales, así como ONG calificadas puedan asistir a las reuniones che. la CP y contribuyan en sus tareas. Las ONG no sólo desempeñaron un papel prominente en el proceso de negociación de la Convención, sino que continúan sensibilizando al público respecto a la importancia del tratado y ejerciendo presiones sobre los parlamentarios para lograr su pronta ratificación. Por su parte, las organizaciones internacionales y regionales proporcionan. información, pericia, contactos, y capacidades de investigación y gestión, que son de carácter primordial.

FUENTE: Página Web de la Secretaría